2. CONDICIONES DE HABILITACIÓN PARA LA INSCRIPCIÓN
La pre-inscripción sólo será
posible para alumnos que estén habilitados, esto es:
- Alumnos regulares que no estén con Retiro Temporal (RT) a
la fecha de la preinscripción. De estar con RT deberá
previamente tramitar su reincorporación en Dirección
de Estudios y Jefe de Carrera.
El 24 de febrero vence plazo para presentar
solicitudes de Retiro Temporal, Definitivo sin notas y solicitudes
que se acojan a la Resolución VRA 459/96.
3. RESTRICCIONES
La Dirección de Estudios controla estas restricciones y
vela que se cumplan resoluciones y reglamentos, omitiendo inscripciones
que no satisfagan requisitos académicos o sin la debida autorización.
Toda información oficial será hecha solo a través
del correo institucional por lo que se recomienda revisar su correcta
operación y mantenerlo con espacio disponible.
4. PROCEDIMIENTO ANTE BLOQUEOS
En caso, que el bloqueo sea académico (solicitudes pendientes
o notas VTR2 pendientes) obligatoriamente debe ingresar a más
tardar el Viernes 09 de diciembre, una papeleta física de
inscripciones en Dirección de Estudios debidamente autorizada
por el Jefe de carrera.
Una vez que se resuelva la situación de bloqueo se cursarán
solamente las inscripciones válidas registradas mediante este
mecanismo, no aceptándose solicitudes de inscripción con
posterioridad a esta fecha, quedando en tal caso el alumno como no
matriculado en el presente período académico, independiente
que pague el arancel de matrícula es requisito fundamental tener
actividades académicas inscritas.